- El mínimo es de $20.00 por hora desde el 1 de abril de 2024. Las páginas del estado consultadas en octubre de 2026 no muestran ningún aumento posterior.
- Cubre restaurantes de servicio limitado de cadenas con más de 60 establecimientos en el país, sean de la marca o de un franquiciado.
- Hay excepciones: ciertas panaderías, restaurantes dentro de supermercados, aeropuertos, hoteles, parques temáticos, museos y otros.
- Las propinas no cuentan para llegar a los $20. El sueldo mínimo de un gerente “exento” de comida rápida es de $83,200 al año.
- Si hay duda sobre si el restaurante está cubierto, al patrón le toca demostrar que no lo está, según el Departamento de Relaciones Industriales.
La respuesta corta: $20 por hora, pero no en todos los restaurantes
El Código Laboral de California (sección 1475) fijó el salario mínimo de los trabajadores de restaurantes de comida rápida en $20.00 por hora a partir del 1 de abril de 2024. Esa es la tarifa vigente en 2026: las páginas del Departamento de Relaciones Industriales (DIR) que consultamos en octubre de 2026 siguen mostrando $20.00 y no anuncian ningún aumento.
Lo importante es la palabra “cubiertos”. La ley no habla de cualquier lugar que venda hamburguesas, tacos o café. Define con precisión qué es un restaurante de comida rápida (sección 1474) y deja fuera varios tipos de locales. Un mismo trabajo, con el mismo uniforme, puede estar cubierto en una sucursal y no en otra.
El mínimo de $20 depende del restaurante donde usted trabaja, no del puesto que tiene ni de lo que cocina.
Si su restaurante no está cubierto, le aplica el mínimo estatal de $16.90 por hora, vigente en 2026, o el de su ciudad si es más alto. La tabla completa está en Salario mínimo en California 2026: estatal, por ciudad y por industria.
Qué hacer hoy si cree que le pagan menos
- Revise su talón de pago: la tarifa por hora, las horas pagadas y el nombre legal de la empresa que le paga. Tómele una foto.
- Identifique la cadena: la marca del letrero y si hay más locales con el mismo nombre en California y en otros estados.
- Vea dónde está su local: ¿en la calle o en una plaza, o dentro de un aeropuerto, un hotel, un supermercado, un estadio o un parque temático?
- Busque el aviso oficial. Los patrones cubiertos deben tener publicado un suplemento a la orden de salario mínimo. Si lo ve, tómele una foto.
- Anote sus horas reales durante dos o tres semanas: entrada, salida, descansos y cualquier tiempo trabajado sin marcar.
- Pregunte por escrito por qué no le pagan los $20 y guarde la respuesta. Si no se corrige, puede presentar un reclamo ante el Comisionado Laboral o consultar a un abogado.
Si no tiene talones, vea No me dan talón de pago. Sobre qué más conservar, la evidencia que debe guardar desde hoy.
¿Su restaurante está cubierto? Las tres condiciones
Según la sección 1474 del Código Laboral y las preguntas frecuentes del DIR, un restaurante está cubierto cuando reúne estas condiciones:
- Es un restaurante de servicio limitado en California: el cliente pide o escoge y paga antes de comer, con poco o ningún servicio a la mesa. La comida y las bebidas son para consumo inmediato, ahí mismo o para llevar.
- Es parte de una cadena nacional de comida rápida: un conjunto de restaurantes de servicio limitado con más de 60 establecimientos en todo el país, que comparten una marca o que tienen decoración, publicidad, empaques, productos o servicios estandarizados.
- Se dedica principalmente a vender comida y bebidas para consumo inmediato. El DIR lo mide así: más del 50% de sus ingresos brutos viene de esas ventas.
Lo que cuenta es la cadena, no el dueño de su local
El conteo de más de 60 establecimientos se hace a nivel nacional y por cadena. No importa que el dueño de su local tenga uno, tres o veinte restaurantes. El DIR lo dice expresamente: la ley aplica sin importar si el patrón es la empresa dueña de la marca nacional o un franquiciado o licenciatario.
Esto resuelve una duda frecuente. Que la franquicia sea “un negocio chico” no la saca de la ley si opera bajo la marca de una cadena que supera los 60 establecimientos en el país.
¿Quién tiene que probarlo?
Las preguntas frecuentes del DIR indican que, cuando se discute si un restaurante está cubierto, es el patrón quien tiene la carga de demostrar que no lo está. Usted no necesita contar las sucursales de la cadena para preguntar o para reclamar.
Las excepciones: restaurantes que la ley deja fuera
La sección 1474 excluye varios tipos de establecimientos aunque pertenezcan a una cadena grande. Así los describen la ley y el DIR:
| Excepción | Condiciones principales |
|---|---|
| Panadería | El local producía y vendía pan como artículo independiente el 15 de septiembre de 2023 y lo sigue haciendo. Según el DIR, el pan debe hacerse en el local y ser una pieza de al menos media libra después de enfriarse. No cuenta el pan que solo se vende como parte de otro platillo, como un sándwich. |
| Dentro de un supermercado | El restaurante está dentro de una tienda de más de 15,000 pies cuadrados que obtiene más de la mitad de sus ingresos de la venta de alimentos para el hogar, y es el supermercado quien emplea a los trabajadores del restaurante. |
| Aeropuerto | El restaurante está en un aeropuerto. |
| Hotel | Está conectado con un hotel o se opera junto con él. |
| Centro de eventos | Está conectado con un recinto de más de 20,000 pies cuadrados o con más de 1,000 asientos, como un estadio o una sala de conciertos. |
| Parque temático, museo o establecimiento de juego | Está conectado con uno de ellos o se opera junto con él. |
| Campus de una empresa | Está en un edificio o campus usado principalmente por una sola empresa con fines de lucro, sirve sobre todo a los empleados de esa empresa y opera bajo un contrato de concesión o de servicio de alimentos. |
| Terreno público | Está en terreno de propiedad pública (playa, muelle o parque públicos, distrito histórico o terrenos de una autoridad portuaria) y opera bajo un contrato de concesión o de servicio de alimentos. |
Dos aclaraciones. Primera: estar en una de estas excepciones solo significa que no aplica el mínimo especial de comida rápida. Sigue aplicando el mínimo estatal o el local, y algunas ciudades tienen tarifas propias para hoteles y aeropuertos, como explicamos en el artículo de salario mínimo por ciudad. Segunda: el DIR señala que la cobertura va por las horas trabajadas en el restaurante cubierto; quien trabaja en un local exento de la misma cadena puede no estar cubierto por esas horas.
Las excepciones tienen condiciones concretas. Si su patrón dice que el local “es panadería” o que “está exento”, pregunte cuál excepción invoca y anótelo.
Aumentos, ciudades y el Consejo de Comida Rápida
La misma ley creó un Consejo de Comida Rápida dentro del estado. Según la sección 1475, el Consejo puede aumentar el mínimo del sector una vez al año, con aumentos que podían empezar el 1 de enero de 2025. Cada aumento tiene tope: no puede pasar del 3.5% ni del cambio en el índice de precios al consumidor que la ley indica, lo que sea menor. El Consejo no puede fijar aumentos que entren en vigor después del año 2029.
A octubre de 2026, las páginas del DIR sobre salario mínimo, en inglés y en español, siguen indicando $20.00 por hora. Si el Consejo adopta un aumento, la tarifa nueva aparecerá ahí; conviene revisar la página cada cierto tiempo.
¿Y el mínimo de mi ciudad?
Según el DIR, una ciudad o un condado no puede fijar un salario más alto solo para los trabajadores de comida rápida. Sí puede fijar un mínimo general más alto, que también los cubre. Si el mínimo general de su ciudad es más alto que $20.00, a usted le toca el más alto.
Lo que el Consejo no puede hacer
La sección 1475 permite al Consejo proponer estándares sobre salarios, condiciones de trabajo y capacitación, pero le prohíbe crear beneficios de tiempo libre pagado y emitir reglas de horario predecible. Los cambios de turno de último minuto se rigen por otras normas, que varían por ciudad: vea Cambios de horario de último minuto: dónde hay pago extra.
Propinas, comidas y el “gerente” con sueldo fijo
Las propinas no completan los $20
El DIR lo dice sin vueltas: el patrón no puede usar las propinas del trabajador como crédito para cumplir con el salario mínimo. Los $20.00 son antes de propinas. En cuanto a créditos por comidas o alojamiento, la ley de comida rápida no creó créditos adicionales; solo se permiten los montos que admite el salario mínimo estatal.
Gerentes y encargados “exentos”
Para tratar a un gerente como exento de horas extra, el patrón debe pagarle un sueldo de al menos dos veces el salario mínimo por tiempo completo, además de cumplir los demás requisitos sobre sus funciones. Como el mínimo de comida rápida es más alto, el sueldo mínimo también lo es: según el DIR, $83,200 al año para un empleado de restaurante de comida rápida cubierto, cifra vigente en 2026 mientras el mínimo siga en $20.00. Para el resto de los trabajadores, el umbral estatal es de $70,304 al año, vigente en 2026.
Si a usted le dieron el título de “gerente de turno” o “asistente de gerente” con sueldo fijo por debajo de esa cantidad, o si pasa la mayor parte del turno en la caja, la parrilla o la limpieza, es posible que las horas extra se le deban. El DIR menciona además un caso especial: el gerente que supervisa a la vez trabajadores de comida rápida y de otro tipo, para quien el sueldo mínimo se calcula de forma combinada. Las pruebas están en Me dicen que soy “exento” pero no lo soy.
Otros derechos en la comida rápida: descansos, reloj y seguridad
El salario por hora es solo una parte. En este sector conviene revisar también:
- Descansos. Le corresponde un descanso pagado de 10 minutos si trabaja de 3.5 a 6 horas, dos si trabaja más de 6 y hasta 10 horas, y una comida de 30 minutos si trabaja más de 5 horas. Si no se los dan, se debe una hora de pago adicional por día por los descansos y otra por la comida, calculada sobre su tarifa regular. Vea Descansos de 10 minutos que nunca llegan.
- Trabajo sin marcar. Contar la caja, limpiar después de cerrar o ponerse el uniforme y esperar a que “haya clientes” para marcar entrada es tiempo pagado. Vea Me hacen trabajar fuera del reloj.
- Horas extra. Más de 8 horas en un día o de 40 en una semana se pagan a tiempo y medio, y con $20.00 por hora eso son $30.00 (cálculo con la tarifa vigente en 2026).
- Descuentos. Los faltantes de caja y los uniformes tienen reglas propias: vea deducciones ilegales del cheque.
Otros problemas de salario en restaurantes en general están en Trabajadores de restaurante: 5 robos de salario que la ley prohíbe.
Violencia en el trabajo
Quien atiende una ventanilla de noche sabe que la seguridad también es un tema laboral. Desde el 1 de julio de 2024, el Código Laboral (sección 6401.9) exige a los patrones cubiertos tener un plan escrito de prevención de la violencia en el trabajo. Según Cal/OSHA, el plan debe incluir, entre otras cosas, cómo se responde a los reportes de violencia y cómo se prohíben las represalias contra quien reporta; el patrón debe capacitar al personal y llevar una bitácora de incidentes violentos que se conserva al menos cinco años. Los trabajadores pueden pedir esos registros sin costo, y el patrón debe entregarlos dentro de 15 días calendario.
Si reducen sus horas
La ley del mínimo de comida rápida no garantiza un número de horas. Pero recortarle turnos por haber preguntado por su salario o por haberse quejado es otra cosa: puede ser represalia. Vea Me recortaron las horas por quejarme.
Dónde reclamar, plazos y cómo podemos ayudarle
Las preguntas frecuentes del DIR mencionan varios caminos: un reclamo individual de salarios ante el Comisionado Laboral; un reporte de violación a la ley laboral ante la oficina de inspección del Comisionado, que puede investigar y multar al patrón pero no tramita reclamos individuales; el arbitraje, si un acuerdo lo exige o lo permite; o una demanda en corte. Comparamos las opciones en ¿Demanda en corte o reclamo ante el Comisionado Laboral?.
La página del Comisionado Laboral indica un plazo de tres años para reclamos de salario mínimo, horas extra y descansos. La diferencia entre lo que le pagaron y los $20.00 se acumula con cada hora, así que el tiempo importa.
La ley de California lo protege sin importar su estatus migratorio: el Comisionado Laboral señala que las leyes laborales del estado protegen a todos los trabajadores. Y preguntar por su salario o presentar un reclamo es una actividad protegida; vea nuestra página de represalias.
En nuestro despacho revisamos estos casos dentro del área de salario y horas: si el restaurante está cubierto, qué tarifa correspondía, y si además hay descansos, horas extra o tiempo sin marcar pendientes. No prometemos resultados. Si quiere saber si puede tener un reclamo, la consulta gratuita es en español y es confidencial. Llame al (310) 853-3461.
Preguntas frecuentes
¿Todos los trabajadores de comida rápida ganan $20 la hora en California?
Mi restaurante es una franquicia pequeña. ¿Me aplica?
¿Subió el salario mínimo de comida rápida en 2026?
Trabajo en un restaurante de cadena dentro de un aeropuerto o un hotel. ¿Me tocan los $20?
¿Mis propinas cuentan para llegar a los $20?
Soy gerente de turno con sueldo fijo. ¿Me deben horas extra?
Este artículo es información general, vigente a la fecha de publicación, y no constituye asesoría legal para su caso. Los plazos y las cifras cambian; confirme su situación con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.





