- A partir del 1 de enero de 2027 el salario mínimo estatal es $17.40 por hora (comunicado 2026-66 del DIR, 13 de agosto de 2026); vigente en 2026 es $16.90.
- El sueldo mínimo para ser "exento" de horas extra también sube: $72,384 al año en 2027, frente a $70,304 vigente en 2026.
- El aumento sale del Código Laboral (sección 1182.12): cada año el Departamento de Finanzas lo ajusta con la inflación, con tope de 3.5 %, y hace el cálculo a más tardar el 1 de agosto.
- Comida rápida ($20) y salud ($25, $23, $22 o $19.28 desde julio de 2026) tienen mínimos propios; muchas ciudades están por encima del estatal.
- Las propinas no se descuentan del mínimo, y la ley de California lo protege sin importar su estatus migratorio.
La cifra: $17.40 por hora desde el 1 de enero de 2027
El comunicado 2026-66 del Departamento de Relaciones Industriales (DIR), fechado el 13 de agosto de 2026, lo dice así: "California's statewide minimum wage will increase to $17.40 per hour" a partir del 1 de enero de 2027. Aplica a todos los patrones, grandes y pequeños: desde 2023 California ya no distingue entre empresas de 25 o menos y de 26 o más trabajadores para el mínimo estatal.
El mismo comunicado explica que "On July 31, 2026, the Department of Finance certified the minimum wage increase for 2027", y ese mismo 31 de julio la oficina del gobernador lo anunció públicamente: "The increase is automatic under California law, which adjusts the minimum wage annually to keep pace with inflation".
Para ponerlo en pesos y centavos: de $16.90 (vigente en 2026) a $17.40 son 50 centavos más por hora, cerca de 3 %. Para alguien que trabaja 40 horas a la semana son $20 más por semana y unos $1,040 más al año antes de impuestos.
Si el 1 de enero de 2027 su talón sigue mostrando $16.90 o menos por hora, le están pagando por debajo del mínimo.
Si quiere el panorama completo de 2026 (estatal, por ciudad y por industria), ya lo tenemos en salario mínimo en California 2026. Este artículo se concentra en lo que cambia en 2027 y en lo que sigue igual.
Cómo se calcula: la fórmula que fija el aumento cada año
No es una decisión política de cada año. El Código Laboral de California (sección 1182.12) ordena que, una vez alcanzados los $15, el Director de Finanzas calcule cada año un mínimo ajustado. La ley manda subirlo por "the lesser of 3.5 percent and the rate of change" del índice de precios al consumidor para trabajadores urbanos asalariados y de oficina de Estados Unidos (el CPI-W, sin ajuste estacional), redondeado a los diez centavos más cercanos.
- El cálculo se hace "on or before August 1" de cada año, por eso el anuncio llega a finales de julio o principios de agosto.
- El nuevo mínimo entra en vigor el 1 de enero siguiente.
- Si la inflación es negativa, el mínimo no baja: la ley dice que en ese caso "there shall be no increase or decrease".
- El tope de 3.5 % significa que, aunque la inflación sea mayor, el mínimo estatal no puede subir más de eso en un año.
En otras palabras: el mínimo de 2028 se conocerá alrededor del 1 de agosto de 2027, con la misma fórmula. Lo que sí puede cambiar por decisión política son los mínimos locales y los de industria, que vienen más abajo.
Lo que arrastra el aumento: el sueldo mínimo de los "exentos"
Para que un patrón pueda tratarlo como "exento" de horas extra (gerente, administrativo o profesional asalariado), la ley exige, entre otras cosas, un sueldo de al menos dos veces el salario mínimo estatal por 40 horas a la semana. El comunicado del DIR hace la cuenta: "$17.40 x 2 x 40 hours per week x 52 weeks per year = $72,384". Ese es el sueldo mínimo anual para 2027; vigente en 2026 es $70,304.
El DIR recuerda además que el sueldo no basta: la persona debe cumplir también con las pruebas de funciones de la exención. Si le pagan un sueldo fijo menor a esa cifra, o si cobra lo suficiente pero su trabajo real no es de gerente o de profesional, probablemente le deben horas extra. Explicamos las pruebas en me dicen que soy "exento" pero no lo soy.
| Concepto | Vigente en 2026 | A partir del 1 de enero de 2027 |
|---|---|---|
| Salario mínimo estatal (todos los patrones) | $16.90 por hora | $17.40 por hora |
| Sueldo mínimo anual para exentos (2 × mínimo × 2,080 horas) | $70,304 | $72,384 |
| Tiempo y medio sobre el mínimo estatal | $25.35 | $26.10 |
| Doble tiempo sobre el mínimo estatal | $33.80 | $34.80 |
Comida rápida y salud: mínimos propios que no siguen la misma regla
Dos industrias tienen su propio mínimo, siempre más alto que el estatal, y por eso el aumento a $17.40 no les cambia nada por sí solo.
Comida rápida: $20 por hora
Desde el 1 de abril de 2024, los trabajadores de restaurantes de comida rápida que forman parte de una cadena nacional de más de 60 establecimientos ganan al menos $20 por hora (Código Laboral, sección 1474). La ley creó un Consejo de Comida Rápida que puede aprobar aumentos anuales, con tope de 3.5 % o la inflación, lo que sea menor. Al revisar esta noche la página oficial de preguntas frecuentes del DIR sobre la comida rápida, no aparece ningún aumento aprobado para 2027: el mínimo que se publica sigue siendo $20. Si el Consejo aprueba una cifra nueva, se anunciará en esa página. Quién está cubierto y cómo reclamarlo: comida rápida: a quién le toca el mínimo de $20.
Trabajadores de salud: $25, $23, $22 o $19.28
La ley SB 525 fijó un calendario propio para los trabajadores de salud cubiertos, que incluye a muchos puestos no clínicos (limpieza, cocina, lavandería, recepción, seguridad) en hospitales, clínicas y sistemas de salud. Según la página oficial de preguntas frecuentes del DIR, desde el 1 de julio de 2026 los niveles son: $25 en hospitales y sistemas integrados con 10,000 o más empleados de tiempo completo, clínicas de diálisis y centros de condados grandes; $23 en la mayoría de los demás centros cubiertos; $22 en clínicas comunitarias, rurales y de atención urgente ligadas a ellas; y $19.28 en hospitales de "red de seguridad" y centros de condados pequeños. Varios de esos niveles tienen su siguiente paso el 1 de julio de 2027 (por ejemplo, el nivel de $19.28 pasa a $19.95 y el de $22 pasa a $25), así que conviene mirar su categoría exacta. Lo detallamos en trabajadores de salud: el salario mínimo especial.
Las ciudades: muchas ya pagan más que el estatal
El comunicado del DIR lo advierte: "Some California cities and counties have local minimum wage rates that are higher than the state rate". Cuando hay un mínimo local más alto, el patrón debe pagar el local. Estas son las cifras que pudimos confirmar en las páginas oficiales de cada ciudad o condado al cierre de este artículo, todas vigentes en 2026:
| Lugar | Mínimo local vigente en 2026 | Desde |
|---|---|---|
| Ciudad de Los Ángeles | $18.42 | 1 de julio de 2026 |
| Condado de Los Ángeles (zonas no incorporadas, por ejemplo el Este de Los Ángeles) | $18.47 | 1 de julio de 2026 |
| Pasadena | $18.57 | 1 de julio de 2026 |
| Santa Rosa | $18.21 | 1 de enero de 2026 |
Ojo con las fechas. Las ciudades que ajustan en julio (Los Ángeles, el condado, Pasadena, San Francisco) publican su cifra de julio de 2027 a principios de ese año; la ciudad de Los Ángeles dice en su página que anuncia la tarifa ajustada el 1 de febrero. Las que ajustan en enero (como Santa Rosa, que publica su tarifa antes del 31 de octubre, o San José y Oakland, entre otras) anuncian su cifra de 2027 en los últimos meses de 2026. Por eso en este artículo no inventamos cifras locales de 2027: cuando una ciudad publique la suya, la actualizaremos. Mientras tanto, lo seguro es que ninguna ciudad con mínimo propio bajará por debajo de los $17.40 estatales.
Para los que trabajan en la ciudad de Los Ángeles, incluidos hoteles y aeropuerto, tenemos trabajar en Los Ángeles: el mínimo de la ciudad, hoteles y aeropuerto. Lo que cuenta para el mínimo local es dónde hace usted el trabajo, no dónde vive ni dónde está la oficina central de la empresa.
Propinas, pago por pieza y por día: el mínimo también aplica
Tres confusiones frecuentes que el aumento de 2027 no cambia:
- Propinas: en California no existe el "crédito por propinas". La página oficial del DIR lo dice sin rodeos: el patrón no puede usar las propinas como crédito para cumplir con el salario mínimo. Un mesero debe recibir los $16.90 (o el mínimo local, si es mayor) por cada hora, y las propinas aparte. El Código Laboral (sección 351) declara que la propina es propiedad exclusiva del trabajador. Más en el patrón se queda con las propinas o las reparte mal.
- Pago por pieza, por caja o por tarea: la ley permite pagar así, pero el total de la semana dividido entre las horas trabajadas no puede quedar por debajo del mínimo por cada hora, y los descansos y el demás tiempo no productivo se pagan aparte (Código Laboral, sección 226.2). Lo explicamos en me pagan por pieza o por tarea.
- Pago "por día" o sueldo fijo semanal: un pago de $120 por un día de 10 horas son $12 por hora, muy por debajo del mínimo. Divida siempre lo que le pagan entre las horas reales; si el resultado es menor al mínimo, le deben la diferencia, además de las horas extra.
En todos los casos se mira la cifra que más lo favorezca: el mínimo estatal, el local o el de industria.
Qué hacer si le pagan menos del mínimo
- Calcule su tarifa real: lo que le pagaron en la semana dividido entre las horas que trabajó de verdad, incluidas las que hizo fuera del reloj. Compare con el mínimo que le corresponde (estatal, local o de industria, el más alto).
- Guarde sus talones de pago. El Código Laboral (sección 226) obliga al patrón a mostrar en el talón todas las tarifas por hora aplicables y las horas trabajadas con cada una; si no aparecen o no coinciden, eso también es una violación.
- Lleve su propio registro de horas: fecha, entrada, salida, descansos. La ley le da derecho a tenerlo.
- Pida la corrección por escrito y con respeto. Si el patrón dice que "en esta ciudad no aplica" o que "las propinas lo compensan", guarde esa respuesta.
- Presente un reclamo de salario ante la Oficina del Comisionado Laboral, gratis y en español, o consulte con un abogado si el monto es alto o hay compañeros en la misma situación. Vea el reclamo ante el Comisionado Laboral: paso a paso.
Lo que puede recuperar, con cifras vigentes en 2026: la diferencia entre lo pagado y el mínimo, con intereses y honorarios de abogado (Código Laboral, sección 1194); una cantidad adicional igual al mínimo no pagado, los llamados daños liquidados (sección 1194.2), salvo que el patrón pruebe buena fe; y multas por talones inexactos (sección 226: $50 el primer período y $100 cada uno de los siguientes, hasta $4,000). Además, el Comisionado Laboral puede imponer al patrón una multa civil de $100 por trabajador y por período de pago en la primera violación intencional y $250 por cada violación posterior (sección 1197.1), aparte de ordenarle pagarle a usted lo que le debe. El plazo general es de 3 años (4 en corte por la ley de competencia desleal).
Reclamar está protegido: el Código Laboral (sección 98.6) prohíbe la represalia, y si el castigo llega dentro de 90 días de su queja la ley presume que fue represalia. La ley de California lo protege sin importar su estatus migratorio, y la Oficina del Comisionado Laboral no pregunta por papeles para tramitar un reclamo de salario.
Hable con nosotros
Un aumento de 50 centavos parece poco, pero en nuestro despacho vemos cada enero y cada julio lo mismo: patrones que "se olvidan" de la nueva cifra, que siguen pagando el estatal en una ciudad con mínimo propio, o que compensan con propinas. Si a usted le pagan menos del mínimo que le corresponde, puede tener un reclamo por la diferencia, daños adicionales y multas.
Ofrecemos una consulta gratuita y en español. Llámenos al (310) 853-3461 o escríbanos; revisamos sus talones y le decimos qué mínimo le aplica y qué puede reclamar. Más información en nuestra página de salario y horas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto será el salario mínimo en California en 2027?
¿Por qué sube el salario mínimo cada año?
¿Mi ciudad va a subir también en 2027?
¿El mínimo de comida rápida sube en 2027?
Me pagan $17.40 pero con propinas. ¿Es legal?
¿Qué pasa si en enero de 2027 me siguen pagando $16.90?
Este artículo es información general, vigente a la fecha de publicación, y no constituye asesoría legal para su caso. Los plazos y las cifras cambian; confirme su situación con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.





