- Citas con el médico que lo trata: si no puede comunicarse bien con él, tiene derecho a un intérprete calificado y, si usted lo pide, el patrón o la aseguradora lo paga (Código Laboral de California, sección 4600).
- Examen médico-legal (QME o AME): mismo derecho, pagado por el patrón o la aseguradora si usted lo pide (sección 4620).
- Deposición: si la aseguradora lo cita a declarar, debe pagar un intérprete certificado, además de sus gastos de viaje, el salario perdido, una copia de la transcripción y el honorario de su abogado (sección 5710).
- Audiencias ante la Junta de Apelaciones: la parte que presenta al testigo arregla el intérprete y el patrón paga conforme a la tarifa oficial (sección 5811).
- Las cartas de beneficios deben estar disponibles en inglés y en español, y el aviso de reclamo que le da el patrón debe venir en los dos idiomas.
La respuesta corta
Usted se lesionó, lo mandaron con un doctor que solo habla inglés, y la recepcionista le dice “bring someone”. O le llegó una cita para un examen QME en una ciudad lejana y nadie le dijo que iba a haber intérprete. O la aseguradora quiere tomarle una deposición y usted no entiende las preguntas. En los tres casos la ley dice lo mismo: usted tiene derecho a un intérprete calificado, y quien paga es el patrón o su aseguradora.
El derecho aparece en varias secciones del Código Laboral de California y en los reglamentos de la División de Compensación de Trabajadores (DWC). No depende de su estatus migratorio, de si tiene abogado ni de si el reclamo ya fue aceptado: en nuestra lectura, el intérprete sirve justamente para que la aseguradora y los médicos entiendan bien qué le pasó.
En nuestro despacho, Rony M. Barsoum dirige el departamento de compensación del trabajador, y atendemos cada caso en español. La ley de California lo protege sin importar su estatus migratorio. Este artículo es información general.
Qué hacer hoy
- Pida el intérprete por escrito a la aseguradora (al ajustador de reclamos) en cuanto reciba una cita: diga que no habla ni entiende bien el inglés y que solicita un intérprete calificado para esa fecha. Guarde copia del mensaje o carta.
- Pídalo también a la clínica o al consultorio al confirmar la cita. Muchos consultorios de la red médica del patrón tienen personal bilingüe, pero eso no sustituye su derecho a un intérprete calificado si no puede comunicarse bien.
- Si tiene abogado, avísele de cada cita. En una deposición o audiencia, su abogado arregla el intérprete y el patrón paga.
- El día de la cita, si no hay intérprete, no adivine ni asienta por cortesía. Pida que anoten que usted solicitó intérprete y no lo hubo, y pida reprogramar. No firme nada que no entienda.
- Si lo examinan sin intérprete y el reporte sale mal, dígaselo a su abogado o a la Unidad de Información y Asistencia de la DWC: un reporte basado en una conversación que usted no entendió se puede cuestionar.
- Si nadie le ayuda, llame al Centro de Servicios de Información de la División de Compensación de Trabajadores (DWC, por sus siglas en inglés) al 1-800-736-7401 para hablar con un representante en vivo, o comuníquese con la Unidad de Información y Asistencia. La agencia indica que puede dar un intérprete por teléfono.
Dónde tiene derecho a intérprete, sección por sección
Con el médico que lo trata
Si el trabajador lesionado no puede comunicarse bien con su médico tratante porque no habla ni entiende bien el inglés, tiene derecho a los servicios de un intérprete calificado durante las citas de tratamiento médico, y, si lo pide, el patrón o la aseguradora paga esos servicios (Código Laboral, sección 4600). Para las citas de tratamiento, el intérprete no necesita la certificación judicial que se exige en las audiencias; basta con que cumpla las reglas que fije el director administrativo de la DWC. Eso sí, el patrón no está obligado a pagar a un intérprete que no esté certificado ni certificado provisionalmente por quien realiza la consulta, salvo que haya aceptado de antemano a esa persona o que usted necesite un idioma distinto de los que el Estado designa.
En el examen médico-legal (QME o AME)
Cuando lo mandan a un examen para decidir si la lesión es de trabajo o cuánta incapacidad le dejó, la ley repite el derecho: el trabajador que no puede comunicarse bien con el médico examinador tiene derecho a un intérprete calificado durante el examen, y si lo pide, el patrón o la aseguradora paga conforme a la tarifa oficial (Código Laboral, sección 4620). Los honorarios de intérpretes certificados cuentan como gasto médico-legal. Le explicamos el examen en examen QME: qué esperar.
En la deposición
Si el patrón o la aseguradora lo cita a declarar bajo juramento, usted tiene derecho a que le paguen los gastos razonables de transporte, comida y hospedaje, el salario que pierda por asistir, una copia gratuita de la transcripción, un honorario razonable para su abogado fijado por la Junta, y, si usted o cualquiera de las partes lo pide, un intérprete certificado pagado por el patrón conforme a la tarifa oficial (Código Laboral, sección 5710). Vea la deposición en un caso de compensación.
En las audiencias
En cualquier audiencia ante la Junta de Apelaciones, la parte que presenta a un testigo que necesita intérprete debe arreglar que esté presente un intérprete calificado, es decir, certificado o considerado certificado conforme al Código de Gobierno, y el patrón paga los honorarios razonables y necesarios conforme a la tarifa del director administrativo (Código Laboral, sección 5811). La misma sección aclara que el intérprete puede actuar en deposiciones, audiencias, citas de tratamiento, exámenes médico-legales y en otros escenarios que la DWC considere necesarios para determinar la validez o el alcance de la lesión. Lo que pasa en una audiencia se lo contamos en qué es la audiencia mandatoria.
Un intérprete no es un favor de la clínica ni un lujo de su abogado: es un derecho escrito en el Código Laboral, pagado por la aseguradora.
Qué hace y qué no hace el intérprete
La ley le pone deberes al intérprete: traducir con exactitud e imparcialidad lo que se dice, traducir los documentos que le muestren, y no actuar como agente ni abogado de nadie (Código Laboral, sección 5811). Tampoco puede revelar a terceros lo que interpretó, salvo orden de un tribunal, y tratar de sacarle esa información se considera una táctica de mala fe.
Eso significa, en la práctica:
- El intérprete no debe resumir ni “ayudarle” a contestar. Si le parece que está acortando lo que usted dijo, dígalo.
- Usted puede pedir que le repitan o le expliquen una pregunta tantas veces como necesite. Responda solo lo que entendió.
- El reglamento de la DWC lista los servicios que se pagan: exámenes médicos pedidos por la aseguradora, citas de tratamiento, evaluaciones médico-legales, deposiciones y su preparación, audiencias y arbitrajes, y las conferencias con un oficial de información y asistencia (Título 8, reglamento 9795.3).
- Si el intérprete es solo certificado provisionalmente, el reglamento exige que, para cobrar, se documente que se intentó conseguir uno certificado. Eso no es problema suyo, pero explica por qué a veces la aseguradora tarda en confirmarlo.
Los papeles también deben estar en español
El derecho al intérprete viene acompañado de reglas sobre los documentos:
- El patrón debe entregarle el formulario de reclamo DWC 1 y el aviso de posibles beneficios dentro de un día hábil después de enterarse de la lesión, y ese aviso debe estar en inglés y en español (Código Laboral, sección 5401). Si no se lo dio, vea mi patrón no me dio el formulario de reclamo.
- El aviso que el patrón debe tener pegado en el lugar de trabajo, con el nombre de la aseguradora y sus derechos, debe estar en inglés y en español donde hay trabajadores que hablan español (Código Laboral, sección 3550).
- Las cartas de beneficios que le manda la aseguradora (aceptación, demora, negación, pagos) deben estar disponibles en inglés y en español, según corresponda (Título 8, reglamento 9810).
- La DWC publica en español su guía para trabajadores lesionados, hojas informativas y el formulario de reclamo; la página se llama “Me lesioné en el trabajo”.
Si le llegan cartas solo en inglés, pídalas en español por escrito y no deje pasar los plazos mientras tanto: una negación tiene fecha, aunque usted no la haya podido leer.
Si la aseguradora no manda intérprete
| Qué pasó | Qué hacer | Por qué importa |
|---|---|---|
| Llegó a la cita con el doctor y no hay intérprete | Pida que lo anoten, pida reprogramar y avise por escrito al ajustador ese día | El reporte del médico decide su tratamiento y su incapacidad |
| El consultorio le pide traer a un familiar | Puede llevarlo para apoyo, pero pida por escrito un intérprete calificado | Un familiar no tiene el deber legal de exactitud e imparcialidad |
| Examen QME sin intérprete | Avise a su abogado o a la Unidad de Información y Asistencia; en nuestra lectura, puede pedirse que el examen se repita o se complete con intérprete | Un reporte basado en lo que no entendió se puede cuestionar |
| Deposición sin intérprete | Pida que no siga; su abogado puede pedir que se suspenda hasta que haya intérprete | Lo que diga bajo juramento queda en el expediente |
| Cartas solo en inglés | Pídalas en español por escrito; no deje pasar plazos | Las negaciones tienen fecha |
Cuando la aseguradora se niega a pagar un intérprete o retrasa citas por eso, puede pedirse a un juez de compensación que lo ordene. Además, si la demora en pagarle un beneficio resulta injustificada, un juez puede imponer un aumento de hasta 25 por ciento del beneficio retrasado, con tope de $10,000 (vigente en 2026) por cada demora (Código Laboral, sección 5814). Y recuerde: cualquier declaración que le pidan antes de la deposición, grabada y sin intérprete ni abogado, no está obligado a darla; vea la declaración grabada del ajustador.
Quién paga y cuánto cuesta
A usted, nada. En cada una de las secciones que citamos, el pago le toca al patrón o a su aseguradora, conforme a una tarifa que fija el director administrativo de la DWC. El reglamento establece tarifas distintas para audiencias y deposiciones (tomando como referencia lo que pagan los tribunales del condado, o la tarifa de mercado si es mayor) y para citas médicas (una tarifa por cuarto de hora con un mínimo de dos horas). Si la cita se cancela sin 24 horas de aviso, el reglamento también regula lo que se le paga al intérprete. Nada de eso se descuenta de sus beneficios.
Tampoco se descuenta el honorario de su abogado, que en compensación del trabajador es un porcentaje de lo que recupera, aprobado por el juez. Si no tiene papeles, el derecho es el mismo: la DWC dice en español que no hace falta ser residente legal de los Estados Unidos para recibir la mayoría de los beneficios. Vea me lesioné y no tengo papeles.
Si lo están citando sin intérprete, le hablan en un idioma que no entiende o siente que el reporte del médico no dice lo que usted dijo, llámenos. La consulta es gratuita y en español: (310) 853-3461.
Preguntas frecuentes
¿Tengo derecho a intérprete con el doctor de la compensación del trabajador?
¿Quién paga el intérprete en el examen QME?
¿Puedo llevar a mi hijo o a un amigo para que traduzca?
Me hicieron el examen sin intérprete y el reporte está mal. ¿Qué hago?
¿Las cartas de la aseguradora tienen que venir en español?
¿Puedo pedir ayuda a la DWC en español?
Este artículo es información general, vigente a la fecha de publicación, y no constituye asesoría legal para su caso. Los plazos y las cifras cambian; confirme su situación con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.





