Compensación del trabajador

¿Puedo cambiar de abogado en mi caso de compensación?

Sí. En California usted puede cambiar de abogado en su caso de compensación del trabajador, o quedarse sin abogado, y el cambio se avisa por escrito a la Junta de Apelaciones de Compensación de Trabajadores. Ningún abogado, ni el anterior ni el nuevo, puede cobrarle directamente: todo honorario lo aprueba un juez y sale de sus beneficios. Antes de dar el paso conviene saber cómo se hace y qué puede pasar con el caso.

Lo esencial
  • El formulario oficial de honorarios (DWC 3) dice que usted puede terminar la representación avisándole a su abogado.
  • La Junta publica dos formularios: Sustitución de abogados (DWC WCAB 36) y Aviso de despido de abogado (DWC WCAB 37).
  • Según el formulario DWC 3, el juez fija el valor justo del trabajo que hizo el abogado anterior y esa cantidad se descuenta de su adjudicación.
  • El abogado nuevo debe llenar un formulario nuevo de divulgación de honorarios y presentarlo dentro de 15 días de firmado (Código Laboral, sección 4906).
  • La guía oficial del DWC advierte que, si quiere cambiar, puede ser difícil encontrar a otro abogado que tome el caso.

La respuesta corta

Usted eligió a su abogado y usted puede dejar de trabajar con él. El formulario oficial de divulgación de honorarios de la División de Compensación de Trabajadores (DWC), llamado DWC 3, lo dice sin rodeos: si en algún momento ya no desea que ese abogado lo represente, puede retirarse de la representación avisándole al abogado. La misma hoja explica la consecuencia: un juez de compensación decide el valor justo del trabajo que el abogado ya hizo en su caso, y esa cantidad se descuenta de su adjudicación.

El cambio no se hace solo de palabra. El reglamento de la Junta de Apelaciones de Compensación de Trabajadores (WCAB, por sus siglas en inglés) dice que la sustitución o el despido de un abogado se hace conforme a las secciones 284, 285 y 286 del Código de Procedimiento Civil (Título 8, sección 10402). La sección 284 de ese código prevé dos caminos: el consentimiento del cliente y del abogado, presentado en el expediente, o una orden dictada a petición de cualquiera de los dos, con aviso al otro. En la práctica se hace por escrito, y los formularios de la Junta mencionan el envío de copias a las demás partes.

En nuestro despacho, Rony M. Barsoum dirige el departamento de compensación del trabajador. Este artículo explica las reglas que aplican a cualquier trabajador y a cualquier abogado del estado. No es una opinión sobre ningún abogado en particular.

Cambiar de abogado es su derecho. Lo que no cambia es la regla de fondo: nadie puede cobrarle un honorario que un juez no haya aprobado.

Qué hacer antes de cambiar de abogado

Un cambio hecho con prisa puede complicar un caso que iba bien. Estos pasos le ayudan a decidir con calma.

  1. Escriba, para usted mismo, qué es lo que le preocupa: falta de comunicación, una decisión que no entiende, un acuerdo que no le convence. Sea concreto, con fechas.
  2. Pida una cita o una llamada con su abogado actual y hágale esas preguntas. Algunas dudas son sobre los tiempos del sistema, no sobre el abogado; vea cuánto tiempo tarda un caso de compensación.
  3. Revise su calendario: ¿tiene una audiencia, una deposición o una cita con un médico evaluador en las próximas semanas? Anote las fechas antes de mover nada.
  4. Busque su copia del formulario DWC 3 que firmó al contratar. Allí aparece la oficina de distrito de la Junta donde está su caso.
  5. Si decide consultar a otro abogado, lleve sus papeles: cartas de la aseguradora, reportes médicos, avisos de audiencia y cualquier oferta de acuerdo.
  6. No firme el aviso de despido hasta saber quién lo va a representar después, o hasta estar seguro de que quiere seguir por su cuenta.
  7. Guarde copia de todo lo que firme y de la fecha en que se envió a las demás partes.

Si su duda es general, los oficiales de Información y Asistencia del DWC atienden en el 1-800-736-7401. Las preguntas frecuentes del DWC dicen que sus servicios son gratuitos y que no actúan en nombre del trabajador como lo haría un abogado, pero le ayudan a entender cómo actuar por su cuenta.

Cómo se hace el cambio ante la Junta

La página de formularios del DWC publica dos documentos para esto. Cuál se usa depende de si usted va a tener un abogado nuevo o no.

FormularioPara qué sirveQué dice
Sustitución de abogados (DWC WCAB 36)Cambiar a un abogado por otro.La parte nombra al abogado nuevo en lugar del anterior, y el texto indica que ellos consienten respectivamente. Lleva una lista de envío: partes contrarias y sus abogados, el cliente, el abogado anterior y el abogado actual.
Aviso de despido de abogado (DWC WCAB 37)Quedarse sin abogado.Lo firma el trabajador. Declara que despidió a su abogado, que por ahora no tiene ninguno y que desea que los documentos futuros se le envíen a usted y no a su abogado anterior. Indica a quiénes se envió copia y en qué fecha.

Si va a tener un abogado nuevo

Cuando hay un abogado nuevo, su oficina puede preparar la sustitución y presentarla. El formulario 36 está redactado para un cambio en el que las personas involucradas dan su consentimiento. Si falta algún consentimiento, las mismas secciones del Código de Procedimiento Civil a las que remite el reglamento son las que gobiernan el trámite (la sección 284 prevé también el cambio por orden, a petición del cliente o del abogado). Ese es un asunto para revisar con el abogado nuevo.

Si se va a quedar sin abogado

El formulario 37 es corto, pero lo que dice es importante: usted declara que desea que los documentos futuros del caso se le envíen a usted y no a su abogado anterior. Eso puede incluir cartas, avisos de audiencia y ofertas. Asegúrese de que su dirección esté bien escrita y de abrir todo el correo del caso.

El aviso a las demás partes

Los dos formularios mencionan el envío de copias a las demás partes, y el formulario 37 pide anotar a quiénes se enviaron y en qué fecha. Guarde prueba de cuándo se presentó el documento y cuándo se envió, y mientras tanto siga pendiente de cualquier aviso sobre su caso.

Lo que debe hacer el abogado nuevo

La ley no deja el cambio como un simple acuerdo privado. El abogado que entra tiene obligaciones propias:

  • Formulario nuevo de divulgación de honorarios. El Código Laboral (sección 4906) dice que el abogado que asume después la representación en el mismo caso debe completar un nuevo formulario de divulgación y la declaración que exige esa sección, firmados bajo pena de perjurio. Deben presentarse ante la Junta y enviarse al patrón o a su aseguradora dentro de 15 días de que usted y el abogado los firmen.
  • Nada de pago por servicios anteriores a ese formulario. La misma sección dice que no se permite el pago de servicios prestados antes de que el formulario nuevo se presente.
  • Aviso de representación. El reglamento de la Junta (Título 8, sección 10400) exige que el abogado presente y envíe un aviso de representación antes de presentar documentos o comparecer por usted, salvo que esos datos ya consten en un documento inicial. Debe incluir el nombre de la parte, el nombre legal del abogado y su número del Colegio de Abogados del Estado.
  • Entrega del formulario en la consulta inicial. La sección 4906 obliga a entregarle el formulario de divulgación por escrito en la primera consulta, y dice que usted no puede firmarlo sin haber hablado en persona o por teléfono con un abogado con licencia del despacho y sin haber sido informado de sus derechos y de la oficina de distrito donde se presentará el caso.

Lea el formulario nuevo con la misma atención que el primero. Lo que debe decir ese documento lo explicamos en ¿Cuánto cobra un abogado de compensación del trabajador?.

Cuánto cuesta cambiar: los honorarios

Esta es la pregunta que más frena a la gente: “¿voy a tener que pagarle a los dos?”. La respuesta exige separar lo que la ley dice de lo que la ley no dice.

Lo que la ley sí dice

  • Ningún abogado puede exigir ni aceptar un honorario del trabajador hasta que la Junta lo haya aprobado o fijado (Código Laboral, sección 4906; Título 8, sección 10840). Eso vale para el abogado anterior y para el nuevo.
  • Un cobro por servicios legales no es exigible por encima de una cantidad razonable, y la Junta decide qué es razonable. Para hacerlo considera la responsabilidad asumida por el abogado, el cuidado con que lo representó, el tiempo invertido y los resultados obtenidos.
  • La Junta puede reconocer, como gravamen contra las sumas que deban pagarse como compensación, un honorario razonable de abogado y los desembolsos razonables relacionados (sección 4903). “Gravamen” quiere decir que la cantidad aprobada se aparta del dinero del caso.
  • Según el formulario DWC 3, si usted termina la representación, el juez decide el valor justo del trabajo que hizo ese abogado, y esa cantidad se descuenta de su adjudicación.

Lo que la ley no dice

La ley no fija un porcentaje, ni para un abogado ni para dos. No existe una “regla del 15%”. Los documentos del DWC describen rangos, no topes: el formulario DWC 3 (revisado en enero de 2017) dice que los honorarios normalmente van de 9% a 12% de los beneficios otorgados, y la guía para trabajadores lesionados dice que el honorario es usualmente de 9 a 15 por ciento del acuerdo o de la adjudicación final de incapacidad permanente. Son los rangos vigentes en 2026 según las versiones publicadas en dir.ca.gov.

La ley tampoco dice, con esas palabras, cómo se reparte el dinero cuando hubo dos abogados. Lo que sí resulta de las reglas anteriores es esto: el honorario de cada abogado tiene que ser razonable y tiene que aprobarlo o fijarlo la Junta. Las preguntas frecuentes del DWC añaden que su abogado no puede cobrarle directamente por sus servicios y que el honorario se paga de una parte de sus beneficios. Qué cantidad es razonable para el trabajo de cada uno lo determina la Junta con los cuatro factores de la sección 4906. Nadie puede prometerle por adelantado cuál será ese número.

Preguntas que vale la pena hacer

  • Al abogado nuevo: ¿qué porcentaje piensa pedirle al juez y sobre qué cantidad?
  • ¿Cómo se toma en cuenta el trabajo que ya hizo el abogado anterior?
  • ¿Qué gastos del caso podrían pedirse contra mis beneficios?
  • ¿Mi caso ya tiene una oferta o una audiencia fijada, y eso cambia algo?

Pida que le contesten por escrito cuando sea posible. Y recuerde que la decisión final sobre los honorarios no es de ninguno de los dos abogados: es del juez.

Qué considerar antes de decidir

La guía oficial del DWC para trabajadores lesionados incluye una advertencia práctica: si usted contrata a un abogado y después quiere cambiar, puede ser difícil encontrar a otro abogado que tome su caso. La guía no explica por qué; lo menciona como algo que debe saber antes de contratar. Vale la pena tomarlo en serio y no despedir a nadie hasta tener claro el paso siguiente.

También ayuda distinguir entre un problema con el abogado y un problema con el sistema. Algunas situaciones que causan frustración tienen reglas propias, y cambiar de abogado no las modifica:

Por último, piense en el momento. Los plazos del caso siguen corriendo mientras usted decide. Según el Código Laboral, la lesión debe reportarse al patrón dentro de 30 días (sección 5400) y, en general, el reclamo debe presentarse dentro de un año (sección 5405). Si ya tiene fechas fijadas por la Junta, no dé por hecho que un cambio de abogado las cancela o las mueve. Pregunte qué pasa con cada una antes de firmar.

Seguir sin abogado: qué cambia

Usted no está obligado a tener abogado. Las preguntas frecuentes del DWC dicen que esa es una decisión que cada trabajador debe tomar por sí mismo y que un oficial de Información y Asistencia puede ayudarle con su reclamo. Si usted firma el aviso de despido y no contrata a nadie más, pasa a ser un trabajador sin representación.

Eso cambia algunas reglas del caso, sobre todo en las evaluaciones médico-legales. Por ejemplo, el Código Laboral (sección 4062.1) regula por separado cómo se obtiene un médico evaluador calificado cuando el trabajador no tiene abogado. Las diferencias las explicamos en ¿Necesito abogado para mi caso de compensación? y en AME contra QME.

Quedarse sin abogado no borra el trabajo del abogado anterior. Como dice el formulario DWC 3, el juez fija el valor justo de ese trabajo y lo descuenta de su adjudicación.

Qué papeles guardar

  • Su copia del formulario DWC 3 firmado con el primer abogado y, si cambia, la del formulario nuevo.
  • El acuerdo de honorarios, si firmó uno aparte.
  • La sustitución de abogados o el aviso de despido, con la fecha de envío.
  • Los avisos de audiencia y las cartas de la aseguradora que reciba durante el cambio.
  • Sus apuntes de llamadas y mensajes: fecha, con quién habló y qué le dijeron.

Esos papeles sirven para que el abogado nuevo se ponga al día y para que usted entienda, al final, qué honorarios aprobó el juez y por qué. Una lista más amplia está en la evidencia que debe guardar desde hoy.

Sus derechos y cómo podemos ayudarle

La ley de California lo protege sin importar su estatus migratorio. El derecho a elegir quién lo representa, la aprobación del juez y el formulario de divulgación son iguales para todos los trabajadores lesionados.

Si usted ya tiene abogado, la primera conversación debe ser con él o con ella. A veces una llamada aclara lo que parecía un problema sin salida. Si después de eso todavía quiere una segunda opinión sobre su caso de compensación del trabajador, puede pedir una consulta gratuita en español con nuestro despacho al (310) 853-3461. Le explicamos las reglas, revisamos sus papeles y usted decide con calma. No prometemos resultados: cada caso depende de sus hechos y de lo que apruebe el juez.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar de abogado de compensación en cualquier momento?
El formulario oficial DWC 3 dice que, si en algún momento ya no desea que su abogado lo represente, puede terminar la representación avisándole. El cambio debe constar por escrito en el expediente de la Junta, conforme a su reglamento (Título 8, sección 10402). Antes de hacerlo, revise si tiene audiencias o citas cercanas.
¿Tengo que pagarle al abogado que despido?
No directamente. Ningún abogado puede exigirle ni aceptar un honorario hasta que la Junta lo apruebe o lo fije (Código Laboral, sección 4906). Según el formulario DWC 3, el juez decide el valor justo del trabajo que hizo ese abogado y esa cantidad se descuenta de su adjudicación.
¿Voy a pagar doble por tener dos abogados?
La ley no fija un porcentaje ni una fórmula de reparto. Exige que el honorario de cada abogado sea razonable y que lo apruebe o lo fije la Junta. El DWC explica que el abogado no puede cobrarle directamente y que el honorario se paga de una parte de sus beneficios. Nadie puede decirle por adelantado el total; pregunte al abogado nuevo cómo piensa plantearlo.
¿Qué formulario se usa para cambiar de abogado?
La página de formularios del DWC publica la Sustitución de abogados (DWC WCAB 36), para cambiar un abogado por otro, y el Aviso de despido de abogado (DWC WCAB 37), para quedarse sin abogado. De los dos se envía copia a las demás partes.
¿El abogado nuevo tiene que darme otro formulario de honorarios?
Sí. El Código Laboral (sección 4906) dice que el abogado que asume después la representación en el mismo caso debe completar un nuevo formulario de divulgación, que se presenta dentro de 15 días de firmado, y que no se le pagan servicios anteriores a la presentación de ese formulario.
¿Puedo seguir mi caso sin abogado?
Sí. El DWC dice que usted no está obligado a tener abogado y que un oficial de Información y Asistencia puede orientarlo sin costo en el 1-800-736-7401. Tenga en cuenta que algunas reglas, como las de las evaluaciones médico-legales, son distintas para quien no tiene representación.
Jonathan P. LaCour
Sobre el autor
Jonathan P. LaCour

Fundador y Abogado Litigante Principal · Employees First Labor Law P.C.. Desde 2011 representa exclusivamente a trabajadores de California en casos de despido, discriminación, salario y lesiones laborales. Ver perfil →

Este artículo es información general, vigente a la fecha de publicación, y no constituye asesoría legal para su caso. Los plazos y las cifras cambian; confirme su situación con un abogado. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar.

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